¿Qué son?
- Artículo 199 CFF.
Cualquier plan, proyecto, propuesta, asesoría, instrucción o recomendación externada de forma expresa o tácita con el objeto de materializar una serie de actos jurídicos, que generen, directa o indirectamente, la obtención de un beneficio fiscal en México y que tenga alguna de las características del artículo 199 del Código Fiscal de la Federación.
¿Qué se revela?
- Artículo 200 CFF.
- Información del Asesor fiscal (Nombre, razón social, RFC, Representantes legales, etc.).
- Información de Contribuyente (Nombre, razón social, RFC, Representantes legales, etc.).
- Descripción detallada del esquema reportable y las disposiciones jurídicas nacionales o extranjeras aplicables.
- Entre otros.
Sujetos Obligados:
Asesores fiscales | Artículo 197 CFF
- Personas físicas o morales que, en el curso ordinario de su actividad realicen actividades de asesoría fiscal y sean responsables o estén involucradas en el diseño, comercialización, organización, implementación o administración de un esquema reportable o quienes ponen a disposición de un tercero un esquema reportable para su implementación.
Contribuyentes | Artículo 197 CFF
- Cuando el asesor fiscal no le proporcione el número de identificación del esquema reportable, ni la constancia de esquema no reportable.
- Cuando haya diseñado, organizado, implementado y administrado el esquema reportable.
- Cuando obtenga beneficios fiscales en México de un esquema reportable que haya sido diseñado, comercializado, organizado, implementado o administrado por una persona que no se considera asesor fiscal conforme al artículo 197 del Código Fiscal de la Federación.
- Cuando el asesor fiscal sea un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México, o cuando teniéndolo, las actividades atribuibles a dicho establecimiento permanente no sean aquéllas realizadas por un asesor fiscal conforme al artículo 197 del Código Fiscal de la Federación.
- Cuando exista un impedimento legal para que el asesor fiscal revele el esquema reportable.
- Cuando exista un acuerdo entre el asesor fiscal y el contribuyente para que sea este último el obligado a revelar el esquema reportable.
